Carta Al Señor Ministro de Transporte de la Nacion Dr. Mario Meoni

A través del comunicado del día 27 de marzo (el cual se adjunta), el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo determinaron que “no se tomaran cabos ni se realizaran ingresos en ningún puerto de nuestro país, a todo buque que no haya cumplido con la cuarentena (14 días) desde el ultimo puerto de zarpada, ya sea en navegación o fondeados y proveniente del exterior”.

Autor: Informacion CIARA-CEC - 30/03/2020


Buenos Aires, 28 de marzo de 2020

Al SEÑOR MINISTRO DE TRANSPORTE DE LA NACION
DR. MARIO MEONI
S / D.-
C.C.: DR. CLAUDIO MORONI. MINISTRO DE TRABAJO DE LA NACION

DR CLAUDIA MADIES. DIRECTORA NACIONAL DE HABILITACION, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS. MINISTERIO DE SALUD

EMBAJADOR JORGE NEME. SECRETARIO DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DR. JULIAN ECHAZARRETA. SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Nos dirigimos a Usted con el objeto de hacer referencia a las medidas que están adoptando algunas entidades gremiales de manera injustificada y en un claro incumplimiento con lo establecido por el DECNU 297/2020 y demás normas complementarias.

A través del comunicado del día 27 de marzo (el cual se adjunta), el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo determinaron que “no se tomaran cabos ni se realizaran ingresos en ningún puerto de nuestro país, a todo buque que no haya cumplido con la cuarentena (14 días) desde el ultimo puerto de zarpada, ya sea en navegación o fondeados y proveniente del exterior”.

Posteriormente aclararon que si son barcos de importación con suministros médicos podrán brindar servicios, en un claro reconocimiento de la actitud arbitraria y desproporcionada al riesgo sanitario que supuestamente pretenden proteger.

Dicha medida del Sindicato imposibilita la carga de buques de granos y subproductos agroindustriales, los cuales se encuentran incluidos en las excepciones al aislamiento social obligatorio al ser consideradas actividades esenciales de la Nación.

El Ministerio de Transporte, el día 21/03/20, mediante el Comunicado del Comité de Crisis (2020-18460140) dirigido a TODOS LOS ACTORES DEL SISTEMA PORTUARIO, CAMARAS REPRESENTATIVAS DE LOS SECTORES, ENTIDADES GREMIALES, PRESTADORES DE SERVICIOS, Y DEMAS ENTIDADES O PERSONAS CON INCUMBENCIA EN LA MATERIA, dispuso que: “solicita a Ustedes en el ámbito de su competencia especifica arbitrar los medios a su alcance a fin de posibilitar el cumplimiento de lo establecido en el marco normativo vigente, e instruir a los sujetos que se encuentren bajo sus respectivas orbitas a fin de que se cumplimente la normativa mencionada precedentemente, garantizando los servicios y actividades que han sido declaradas como esenciales (vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, impostergables vinculadas con el comercio exterior, transporte publico de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP)”.

Entre los días 25 y 26 de marzo el Ministerio de Salud y el Ministerio de Transporte de la Nación emitieron sendos Avisos Oficiales y Notas donde se amplían directivas para el refuerzo de los planes de contingencia en los puertos internacionales argentinos incluyendo protocolos
preventivos específicos para buques de países vecinos.

Sin embargo, las entidades gremiales firmantes del Comunicado de referencia deciden tomar medidas unilaterales en clara infracción a estas disposiciones nacionales, poniendo en riesgo el comercio exterior impostergable para la Nación. Esto ya está ocasionando hoy detenciones de barcos para cargar mercadería (ver caso adjunto de maíz a Perú vía un barco arribando de Brasil). En los próximos días están previsto 17 barcos.

El impedimento de operaciones de buques en todos los puertos del país puede generar en los próximos días (más aun con el inicio de la cosecha gruesa del país) una parálisis de la comercialización de granos, subproductos y biocombustibles, para la industria nacional de
consumo así como para la exportación.

Recordemos que además de las normas y directrices nacionales en puertos, hemos adoptado como industria protocolos preventivos sanitarios con mayores exigencias que las oficiales para proteger la salud de los trabajadores. Recordemos también que URGARA (UNION RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA) el Ministerio de Trabajo dicto la conciliación obligatoria y está trabando con quite de colaboración.

Atento a la necesidad de dar garantías para que las actividades esenciales de producción, comercialización y exportación sigan activas, le solicitamos tenga a bien arbitrar los medios necesarios para revertir estas medidas gremiales y ordenar el flujo de exportaciones
imprescindibles.

Saludo a usted muy atentamente.

Gustavo Idigoras Presidente de CIARA
Guillermo Wade Gerente General